La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió por unanimidad desestimar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por partidos de oposición contra la reforma judicial. Durante una sesión que generó tensiones entre los ministros, se determinó que el número de votos necesarios para declarar la invalidez del proyecto era de ocho, cifra que no se alcanzó.
El secretario de Acuerdos, Rafael Coello Cetina, comunicó que “se desestiman las presentes acciones de inconstitucionalidad”, lo que implica que la reforma judicial se mantendrá vigente. El rechazo del proyecto impulsado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá se produjo luego de que solo siete ministros votaron a favor de su validez, mientras que cuatro se opusieron.
La ministra presidenta, Norma Piña, solicitó que se votara si la mayoría requería seis u ocho votos. La votación resultó dividida: seis ministros sostuvieron que eran necesarios ocho votos para validar el proyecto, mientras que otros cinco consideraron que la mayoría era de seis. Finalmente, el ministro Alberto Pérez Dayán rompió el bloque que se esperaba a favor del proyecto y se unió a las ministras que apoyan al gobierno de la Cuarta Transformación (4T).
Pérez Dayán argumentó que no estaba de acuerdo en que la Corte tuviera la facultad de invalidar reformas constitucionales a través de acciones de inconstitucionalidad. Este cambio en su postura fue clave para la decisión final, dado que su voto a favor era esencial para alcanzar la mayoría calificada.
Durante la sesión, se presentaron enfrentamientos verbales entre los ministros cercanos al gobierno y aquellos en oposición, reflejando la polarización en torno a la reforma judicial. El proyecto de González Alcántara Carrancá proponía, entre otras cosas, la invalidación de la elección de jueces y magistrados a través de listas y voto popular, mientras que permitía la elección de ministros y magistrados electorales por el mismo método.
Con la desestimación de estas acciones, la reforma judicial continuará en vigor, y se descarta la posibilidad de que los partidos políticos impugnen constitucionalmente cambios en este ámbito mediante acciones de inconstitucionalidad.