SCJN rechaza matrimonios poliamorosos en México

jueves 04, Abr 2024

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión trascendental al rechazar la inclusión de más de dos personas en un matrimonio, revocando así el amparo otorgado a un ciudadano de Puebla para establecer una relación “poliamorosa”.

En mayo de 2021, el Juez Pedro Arroyo Soto concedió un amparo basado en criterios de la Primera Sala, la cual reconoce la protección constitucional de diversas formas de familia. Sin embargo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, responsable del proyecto de resolución, argumentó que las relaciones poliamorosas no son comunes en México y podrían generar desigualdad y discriminación, especialmente hacia mujeres y niños.

El ministro Pardo Rebolledo hizo hincapié en la necesidad de igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, citando las preocupaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Señaló que las relaciones poligámicas podrían conducir a desigualdades, como en el caso de la poliginia.

La decisión de la Primera Sala refleja un cuidadoso análisis del contexto histórico y estructural de las relaciones humanas, concluyendo que el matrimonio y el concubinato no son comparables con el poliamor debido a sus diferencias fundamentales.

Con esta resolución, la Primera Sala ha ratificado por mayoría de votos la imposibilidad de regular la inclusión de tres o más personas en un matrimonio en México, estableciendo así un precedente significativo en el ámbito legal y social del país.

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